Sobre la nueva Orden de Conciertos en Castilla y León

Comunicado de la Plataforma por la Escuela Pública, Laica y Gratuíta de CyL 

La Plataforma EPLyG de Castilla y León reclama a la Consejería de Educación menos concertación educativa y más escuela pública y denuncia que la LOMCE y la nueva Orden de la Junta de Castilla y León sobre conciertos educativos a centros privados provocarán una mayor privatización de la enseñanza.

El pasado 29 de diciembre se publicó en el BOCyL la ORDEN EDU/1071/2016, de 21 de diciembre, por la que se establecen las normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a los centros docentes privados de la Comunidad de Castilla y León, así como el procedimiento por el que se regirá la suscripción por primera vez a dicho régimen, la renovación de los conciertos educativos existentes, así como sus modificaciones durante los cursos escolares 2017/2018 a 2022/2023.

A pesar que durante la tramitación en el Consejo Escolar de Castilla y León de esta Orden sobre el régimen de Conciertos a los centros docentes privados de la Comunidad hemos pedido modificaciones de calado sobre dichas normas, nuestras propuestas no han sido tenidas en cuenta. Una vez más denunciamos que la Junta de Castilla y León y el Partido Popular no quieren negociar sobre las políticas de concertación educativa y las sigue imponiendo.

La PEPLyG manifiesta su rechazo a esta Orden porque…

Se mantendrán unidades concertadas de infantil, Primaria y ESO sin que existan necesidades de escolarización, mientras se cierran unidades y centros públicos o hay suficientes plazas públicas en la zona.

Pese al carácter singular de los conciertos educativos en las etapas no obligatorias, seguirá concertándose la práctica totalidad de la oferta privada en Formación Profesional.

Se mantendrán también los actuales conciertos en Bachillerato con trece centros privados, pese a existir plazas suficientes en los centros públicos en las ciudades.

Se mantienen conciertos, pues, que no son necesarios, con el consiguiente despilfarro de los dineros públicos para mantener el desvío de fondos a la enseñanza privada, alcanzando casi el doble del PIB (0,6) que la media de la UE (0,36)..

Seguirá manteniendo los conciertos de los centros que segregan al alumnado por razón de sexo y con los centros que rechazan al alumnado más desfavorecido.

Las Plataformas por la Escuela Pública siempre hemos defendido que las Administraciones educativas deben destinar prioritariamente los fondos públicos a la Enseñanza Pública y que la enseñanza privada concertada debe ser subsidiaria de la primera. Nos oponemos al actual sistema de conciertos educativos que, bajo el mantra de la libre elección y el ideario de centro, ampara la segregación del alumnado y entre centros públicos y privados. Una vez más denunciamos que las modificaciones introducidas por la LOMCE lo favorece más, provocando una mayor privatización de la enseñanza al imponer mejores condiciones destinadas a favorecer o blindar el sistema de conciertos con los centros privados (1). También denunciamos que, a la lo largo de estos largos cursos de la crisis, los recortes se han ido aplicando con mucha más intensidad sobre los centros públicos y su profesorado que sobre los conciertos con los centros privados.

Desde la Plataforma EPLyG de Castilla y León, RECLAMAMOS:

Que la concesiones del concierto con los centros educativos privados se justifique en necesidades escolarización, de tal manera que no puedan renovarse ni concertarse unidades en caso de existir plazas suficientes en los centros públicos de la zona.

Que no se mantengan o renueven conciertos en zonas donde se suprimen plazas en los centros públicos, así como en aquellos que segregan al alumnado por razón de sexo o no escolarizan al alumnado más desfavorecido (el 82% de este alumnado está en los centros públicos).

Que las administraciones educativas garanticen la existencia de plazas públicas suficientes en la programación de la oferta educativa de las enseñanzas no universitarias

Que la importancia de esta Orden para la programación de la oferta de plazas en la red pública y privada, exige una mayor revisión, análisis y debate de la situación actual de la escolarización por localidad, municipio y barrio urbano para no seguir contribuyendo a la desertización escolar de los servicios públicos educativos, por lo que se precisa que en la Comisión Regional de Conciertos educativos estén representadas las organizaciones representativas del profesorado y de las familias de los centros públicos.

Que no puede ser que, la educación pública supone un 89 % por ciento en países con una gran tradición y valoración educativa, (Francia, Alemania, Italia o Finlandia) mientras que en nuestro país es apenas de un 67 %.

Que, como medida de buena voluntad, la comisión del Congreso derogue, y, con mayor razón, en la futura Ley educativa, se eliminen los criterios sobre conciertos impuestos en la LOMCE, y se incluya en la Ley que las administraciones educativas garanticen la existencia de plazas públicas suficientes en la programación de la oferta educativa de las enseñanzas no universitarias, que se vuelva a los distritos de matriculación en las ciudades, se establezca con claridad el criterio de las necesidades escolarización a la hora de suscribir conciertos y que se recupere, en un primer momento, el presupuesto destinado a la enseñanza pública, tan intensamente recortado, para avanzar después hacia la media europea.

Plataforma de Escuela Pública, Laica y Gratuita de Castilla y León, 31 de enero de 2017

  1. La LOMCE y los conciertos educativos. Mejores condiciones para la concertación educativa con los centros privados.

    Así en el Artículo 1. Principios, se añade con la LOMCE este nuevo apartado al artículo 1 en el que se garantiza “La libertad de enseñanza, que reconozca el derecho de los padres, madres y tutores legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los principios constitucionales”. En el Artículo 84, sobre Admisión de alumnos, se blindan los conciertos en los que segregan al alumnado por razón de sexo. En el Artículo 109 sobre Programación de la red de centros se introduce como nuevo criterio el de la demanda social y las administraciones sólo se comprometen a garantizar plazas suficientes, despareciendo el adjetivo “públicas”, referido a plazas. Finalmente en el Artículo 116, sobre Conciertos se introducen estas novedades: La primera es que se blinda el ideario o carácter propio, añadiéndose “sin que la elección de centro por razón de su carácter propio pueda representar para las familias, alumnos y alumnas y centros un trato menos favorable, ni una desventaja, a la hora de suscribir conciertos con las Administraciones educativas o en cualquier otro aspecto”. La segunda es que se amplía la duración mínima en Primaria de cuatro a seis años. La tercera es que se favorece la dotación de suelo público para la construcción de centros concertados.