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Observatorio para la Convivencia Escolar de Castilla y León
Análisis del decreto de la Junta de CyL Publicado por Concejo | 4 de marzo de 2006 Análisis de Concejo Educativo de CyL del decreto de la Junta de esta Comunidad sobre la creación de dicho observatorio (16 de febrero de 2006).
Consta este documento de dos partes. En la primera se hace una valoración del contenido del decreto. En la segunda se recoge una información del mismo, que sirva de referencia, extraida del portal de la Junta de CyL. ValoraciónResulta positivo que se plantee la existencia de un órgano consultivo y de participación social, dedicado a orientar las actuaciones sobre convivencia en los centros de CyL. Por otro lado es un paso lógico y coherente, tras la implantación de la obligatoriedad de hacer planes de convivencia en los centros. A partir de aquí habría que analizar qué tipo de actuación llevará cabo y qué consecuencias se pueden derivar de su existencia para la vida en los centros. 1. Falta de financiación específica Algunos efectos previsibles a partir de la ausencia de financiación podrían ser:
2.Participación Sobre el papel se da presencia a la sociedad y a la comunidad educativa, tal y como lo anuncia la misma Junta, pero hay que advertir que:
3.Líneas de actuación Las funciones de este Observatorio se agrupan, como es lógico, en torno a dos aspectos: conocer lo que ocurre y actuar orientando, formando y haciendo propuestas. En el texto no se definen prácticamente las líneas que se piensa seguir. Es quizá una carencia importante para la actuación posterior (aunque esta podría definirse posteriormente desde el mismo órgano).En todo caso, sí habría que hacer notar varias concepciones que pueden condicionar mucho todo la actuación posterior. Todas giran en torno a concepciones de partida erróneas, desde nuestro punto de vista, respecto a la convivencia:
- Lo que es un sistema educativo que debe atender la diversidad y adaptarse a la realidad existente, actuando sobre ella. Se habla, por ejemplo, de solventar problemas de convivencia pero no de generar un tipo de convivencia en los centros - De la sociedad que la genera. Se admite que los problemas surgidos pueden afectar a más sectores de la sociedad (de hecho están presentes otras administraciones y sectores) pero, en cambio, no se plantea una actuación social más global.
4.Información de referencia de los centros La información de partida de dicho observatorio deberá ser, como resulta lógico, la que provenga de los centros. Con respecto a lo que están significando los planes puestos en marcha hasta ahora habría que hacer dos comentarios: Primero es que, en pocos casos, están teniendo un papel significado. Se aprobaron, muchas veces, más como una obligación que como la culminación de un proceso vivido en los centros (aunque sirvió, eso sí, en algunos casos, como cobertura para trabajar mejor la convivencia). Como consecuencia, ahora no están suponiendo, de forma general y hasta este momento, un cambio en la actuación respecto a convivencia. En segundo lugar desde la administración de la Junta, se ha hecho hincapié en recabar datos de los conflictos existentes en los centros. Estos se han enviado a la administración a final del primer trimestre, en un formato único, bastante rígido, basado (aunque haya algún apartado que permita otras anotaciones) en la enumeración de los conflictos, mucho más que en describir las vías de solución. Al margen de las diferencias en los criterios que parecen haber seguidos los centros a la hora de incluir o no un determinado conflicto (según se quieran denunciar, tapar etc.), habría que preguntarse qué puede hacer la Junta (se supone que a través del reciente Observatorio) con los mismos. Si se basan en la enumeración de casos, más que en concretar vías de solución, parece probable que se orientarán a “clasificar centros” por su grado de conflictividad más que en establecer pautas de intervención o propuestas de intercambio de dichas vías que sirveiran de ayuda mutua. Si esto fuera así, se llegaría a una distorsión absoluta de lo que debiera ser una actuación positiva frente a problemas de convivencia.
Información recogida del portal de la Junta de CyL El observatorio para la convivencia es un órgano colegiado de carácter consultivo y de apoyo a toda la comunidad educativa 1.Finalidad: 2.Funciones
3.Composición «Pleno»
«Comisión técnica.» Presidida por el Director General de Coordinación, Inspección y Programas Educativos e integrada además por una persona designada, para los plenos, por las direcciones generales de: Planificación y Ordenación Educativa, Coordinación, Inspección y Programas Educativos. Salud Pública y Consumo, Gerencia de Servicios Sociales. 4.Funcionamiento
- Soporte técnico y administrativo - Preparación de los trabajos a debatir en el pleno - Evaluación del desarrollo de las medidas adoptadas - Prestará el apoyo y seguimiento que el Observatorio le encomiende. 5.Medios personales y materiales. La Dirección General de Coordinación, Inspección y Programas Educativos, atenderá, con cargo a sus medios personales y materiales, a la constitución y funcionamiento del nuevo órgano colegiado, sin que pueda generar, en ningún caso, aumento de las dotaciones presupuestarias. |
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